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Sábado 23 de Noviembre 2024

SFP sancionó a ‘Medic Solution Mapen, S.A. de C.V.’ por tratar de lucrar durante la emergencia sanitaria

 

Sandoval Ballesteros, aseguró que se mantiene firme en la lucha contra empresas que intentan lucrar con la emergencia epidemiológica que vive el país.


La titular de la Secretaría de la Función Pública, Irma Eréndira Sandival Ballesteros, anunció esta mañana que impuso una sanción de inhabilitación de 30 meses (dos años y medio) y una multa de un millón 303 mil 200 pesos, a la empresa “Medic Solution Mapen, S.A. de C.V.”, que buscaba adjudicación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para la dotación de mascarillas “N95” y que indebidamente trató de lucrar con la Emergencia Sanitaria por “COVID-19”.

“Con la sanción publicada hoy, demostramos que el acompañamiento que la Función Pública realiza a las adquisiciones gubernamentales en el contexto de la Pandemia por COVID-19 ha resultado en un acertado esquema de prevención de la corrupción”.

Sandoval Ballesteros, aseguró que se mantiene firme en la lucha contra empresas que intentan lucrar con la Emergencia epidemiológica que vive el país.

“Uno de los motores más poderosos de la economía son las empresas libres de corrupción, por lo cual es indispensable la participación del sector privado, porque la integridad es obligación de los servidores públicos, pero también responsabilidad de emprendedores y ciudadanos”.

La funcionaria señaló que dicha resolución emitida por el Órgano Interno de Control (OIC) en el ISSSTE se originó tras detectarse que dicha empresa presentó “Documentación Falsa” en un procedimiento de adquisición de mascarillas N95, destinadas a dotar de las mejores condiciones al personal médico que labora en las instituciones de salud que atiende la contingencia sanitaria.

La investigación inició en 2020, luego de que se identificara que el certificado que presentó “Medic Solution Mapen, S.A. de C.V.” en su propuesta técnica y económica, que respalda la autenticidad y calidad de las mascarillas, y que era necesario para la contratación, tenía una inconsistencia.

“Por lo que al consultar al fabricante original, éste lo desconoció, por lo que se determinó que era falso”.

Al contravenir el artículo 60, fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Área de Responsabilidades del OIC en el ISSSTE, impuso a la empresa la sanción señalada.

Finalmente la Secretaria Sandoval Ballesteros destacó que: “Así como nosotros estamos trabajando desde la Función Pública, confiamos en que el sector privado también pondrá su parte, porque para lograr una nueva ética pública necesitamos que las empresas, nacionales e internacionales, grandes y pequeñas, asuman un compromiso con la integridad en beneficio del pueblo de México”.