SCJN Invalida imprecisiones en la legislación de SLP sobre teléfonos celulares al conducir
En la sesión pública del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de este jueves, los Ministros invalidaron sancionar “Penalmente” el uso del teléfono móvil mientras se conduce un vehículo en el Estado de San Luis Potosí. Lo anterior, al considerar que resultaba excesiva la decisión de los legisladores estatales […]
En la sesión pública del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de este jueves, los Ministros invalidaron sancionar “Penalmente” el uso del teléfono móvil mientras se conduce un vehículo en el Estado de San Luis Potosí.
Lo anterior, al considerar que resultaba excesiva la decisión de los legisladores estatales de acudir a la “Vía Penal” para sancionar el uso del “Teléfono Móvil” mientras se conduce un vehículo.
“Si se toma en cuenta que existen otras medidas menos lesivas como el derecho administrativo sancionador para disuadir este tipo de conductas”.
Los Ministros del Máximo Tribunal del País, analizaron la acción de inconstitucionalidad número 51/2018, promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos del estado de San Luis Potosí, quien demandando la invalidez de diversas disposiciones del Código Penal y de la Ley de Tránsito del mencionado Estado, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad el pasado 3 de mayo de 2018.
En la Sesión pública se modificaron porciones de diversos artículos del Código Penal y de la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí, que consideraban como delito y como conducta prohibida para los conductores de vehículos, el desviar la atención a causa de un “Distractor”.
Además el Pleno invalidó las obligaciones contempladas en la Ley de Tránsito relativas a evitar el uso de teléfonos celulares o dispositivos móviles..
Guillermo Espinosa / @Guiesga