PRI propone incrementar las penas contra el delito de extorsión
La extorsión es uno de los delitos de alto impacto que más ha crecido en México en los últimos años, principalmente por el cobro de “derecho de piso”, por lo que debe sancionarse hasta con nueve años de cárcel. Mariana Rodríguez Mier y Terán, secretaria de la Comisión de Justicia en la Cámara de Diputados, […]
La extorsión es uno de los delitos de alto impacto que más ha crecido en México en los últimos años, principalmente por el cobro de “derecho de piso”, por lo que debe sancionarse hasta con nueve años de cárcel.
Mariana Rodríguez Mier y Terán, secretaria de la Comisión de Justicia en la Cámara de Diputados, indicó que de acuerdo con cifras oficiales, entre enero y agosto de 2019 se registraron 5 mil 858 víctimas y que el estado de México, Ciudad de México, Jalisco, Veracruz y Nuevo León son las entidades con las incidencias más altas.
Por ello, la legisladora del Partido Revolucionario Institucional, propuso una iniciativa para reformar el artículo 390 del Código Penal Federal a fin de incrementar las penas y de esta forma coadyuvar a combatir la extorsión de la que son víctimas empresas, industrias y comercios del país.
La priista tamaulipeca propuso que las sanciones se eleven de cuatro a nueve años de cárcel en contra de quien cometa el delito de extorsión, el cual ha registrado un aumenta alarmante en los últimos años, principalmente contra empresarios y comerciantes.
Considero que la extorsión debe considerarse como delito grave, debido al impacto y los daños que provoca entre las víctimas.
Dijo que la comisión de este delito ha obligado a grandes empresas a detener sus actividades económicas en distintas entidades del país por considerar que las condiciones de seguridad no son las adecuadas o que los dueños se muchos comercios se vean obligados a cerrarlos.
Rodríguez Mier y Terán considero que esta ampliación a la penalidad permitirá cerrar espacios de impunidad, pues mientras en otras entidades se contemplan sanciones ejemplares, atendiendo a la afectación a bienes jurídicos fundamentales, el Código Penal Federal mantiene una sanción que no corresponde a las afectaciones registradas en la actualidad por la comisión de este delito.
La reforma establece que al sujeto que obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para él o para otro, o causando a alguien un perjuicio patrimonial, se le aplicarán de cuatro a nueve años de prisión y de doscientos a quinientos días multa, explicó la legisladora.