Se acumulan amparos para no bajarse el sueldo
Con base en la información del Consejo de la Judicatura Federal hasta el martes se habían presentado mil 275 juicios de amparo que concentran a 5 mil 774 quejosos, de ellas, el 82.69 por ciento (%) son del PJF, y el 17.31 % de dependencias oficiales.
Los juicios de amparo en contra de la Ley de Remuneraciones se siguen acumulando, y hasta el momento se han contabilizado mil 275 demandas, que concentran a más de 5 mil servidores públicos de distintas dependencias federales que temen ver afectados sus salarios y prestaciones.
Los funcionarios que se han amparado en contra de ganar menos de 108 mil pesos y demás agravios, pertenecen al Poder Judicial de la Federación—principalmente—pero también hay empleados del Instituto Politécnico Nacional, Petróleos Mexicanos; Procuraduría General de la República.
Además de la Comisión Federal de Competencia Económica, Comisión Federal de Electricidad; Secretaria de Gobernación, Servicio de Administración Tributaria; Instituto Nacional Electoral, Centro de Investigación y Seguridad Nacional, entre otras dependencias.
Con base en la información del Consejo de la Judicatura Federal hasta el martes se habían presentado mil 275 juicios de amparo que concentran a 5 mil 774 quejosos, de ellas, el 82.69 por ciento (%) son del PJF, y el 17.31 % de dependencias oficiales.
Del total, 367 son jueces, 425 son magistrados, 2 mil 005 secretarios; 418 actuarios, y mil 098 oficiales. Asimismo hay mil funcionarios de las instituciones antes mencionadas que se han amparado en contra de la referida norma.
A pesar de los amparos por los que se ha otorgado la suspensión provisional, también hay una cesación más para aplicar la norma que otorgó el ministro Alberto Pérez Dayán, a través de la acción de inconstitucionalidad 105 y su acumulada 108/2018, presentadas por una fracción del Senado de la República en contra de la Ley de Remuneraciones en sus artículos 75, y 127 de la Constitución Mexicana.
Por lo que los trabajadores de cualquier dependencia que se ven afectados por dicha norma no podrán sufrir una disminución de su salario, hasta que la Corte resuelva el fondo del asunto.
“…además, tiende a prevenir el daño trascendente que pudiera ocasionarse a las partes y a la sociedad en general, en tanto se resuelve el juicio principal, vinculado a las autoridades contra las que se concede a cumplirla, en función de proteger el bien jurídico que se defiende , sujetándolas a un régimen de responsabilidades cuando no la acaten”, se dijo al conceder la suspensión por parte de la SCJN.