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Viernes 22 de Noviembre 2024

Recibe Senado cambios de Peña Nieto a Ley 3de3

 

Ciudad de México, 24 de junio de 2016.- El presidente Enrique Peña Nieto  exentó a los empresarios a que por ley presenten sus declaraciones patrimonial y de conflicto de interés, cuando firmen contratos de obras y servicios o reciban dinero público, al argumentar que la obligación de presentar estas pone en peligro otros derechos, como la vida, la seguridad, […]


Ciudad de México, 24 de junio de 2016.- El presidente Enrique Peña Nieto  exentó a los empresarios a que por ley presenten sus declaraciones patrimonial y de conflicto de interés, cuando firmen contratos de obras y servicios o reciban dinero público, al argumentar que la obligación de presentar estas pone en peligro otros derechos, como la vida, la seguridad, la salud y la libertad personal.

Lo anterior, como parte de las observaciones que envió este viernes al Senado de la República, para que se corrijan los incisos “B” y “C” y otros 15 artículos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, conocida también como Ley 3de3.

En el documento, de 29 páginas, el Ejecutivo Federal propone una nueva redacción para el artículo 32, que a la letra dice:

“Estarán obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante las secretarías o su respectivo órgano interno de control, todos los servidores públicos previstos en la presente ley. Asimismo, deberán presentar su declaración fiscal anual, en los mismos términos que disponga la legislación en la materia”.

El Presidente suprime el párrafo que refería que los particulares deberán presentar las declaraciones a las que se refiere el primer párrafo del artículo 32, ante el órgano interno de control del ente público que le haya asignado los recursos o con el que haya contratado.

Suprime los incisos “B” y “C” que obligaban a que cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o contrate bajo cualquier modalidad con entes públicos de la Federación, de las entidades federativas y los municipios a presentar estas declaraciones; lo mismo para las personas físicas que presten sus servicios o reciban recursos de las personas morales.

En consecuencia, el Ejecutivo Federal elimina de otros 15 artículos de la ley, cualquier referencia que involucre a los empresarios a presentar este tipo de declaraciones.

En la exposición de motivos de sus observaciones, el primer mandatario refiere que la obligación establecida para que los particulares presenten declaraciones de situación patrimonial y conflicto de interés, “constituye una intromisión indebida en la esfera jurídica de las personas físicas y morales, particularmente, en su esfera privada, pues, si bien es cierto que se persigue un fin legítimo y de interés público, impone una carga desmedida a todos los particulares que reciben recursos públicos tanto directa, como indirectamente”.

Señala que esta era una medida indiscriminada a todas las personas que recibieran recursos públicos, porque no distinguía entre personas que reciben beneficios de programas sociales, estudiantes becados a través de entidades públicas, e incluso, a personas físicas que presten servicios a empresas que tengan contratos públicos.

Enfatiza que esta ley no debe introducir de forma arbitraria normas que equiparen a los particulares, con los servidores públicos, ni lesionar los derechos humanos de aquellos.

En todo caso, dicha homologación debe tener por objeto la consecución de objetivos admisibles, dentro de los límites marcados por las previsiones constitucionales o expresamente incluidas en ellas.

Expone que el umbral de menor resistencia a la colisión de determinados derechos al que se encuentran sujetos los servidores públicos, no debe ser trasladado a los particulares que interactúan con el Estado de manera inmediata y directa, sin haber realizado un test de proporcionalidad.

Asegura que los incisos “B” y “C” del artículo 32, establecen cargas a los particulares sin distinguir la situación específica en la que se encuentren frente al Estado. En este sentido, el establecimiento de las mismas obligaciones para sujetos que se encuentran en circunstancias distintas, vulnera el principio de igualdad.

El Presidente señala que no es necesario que los empresarios presenten su declaración patrimonial y de intereses, ya que esto no constituye el único mecanismo efectivo para combatir la corrupción, pues en la Ley General de Responsabilidades Administrativas existen otros medios menos lesivos que permiten alcanzar ese fin.

Finalmente, el Ejecutivo insiste que la medida era desproporcionada, pues dadas las circunstancias, la intromisión a la esfera jurídica de los particulares en mayor al beneficio que con ella se pretende alcanzar.

La persecución de un objetivo constitucional, no puede hacerse acosta de una afectación innecesaria o desmedida de otros bienes y derechos constitucionalmente protegidos.

El presidente Peña Nieto consideró necesario que para el desahogo de estas observaciones, se convoque a la brevedad a un periodo extraordinario de sesiones al Congreso de la Unión.

Víctor Mayén