Aprueba Senado Ley 3de3… que no hace públicas declaraciones
Ciudad de México, 15 de junio de 2016.- El pleno del Senado aprobó la madrugada de este miércoles, en lo general y en lo particular, la Ley General de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos o Ley 3de3 pero matizada. Si bien la norma aprobada con 94 votos en pro y 23 en contra obliga a todos los […]
Ciudad de México, 15 de junio de 2016.- El pleno del Senado aprobó la madrugada de este miércoles, en lo general y en lo particular, la Ley General de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos o Ley 3de3 pero matizada.
Si bien la norma aprobada con 94 votos en pro y 23 en contra obliga a todos los servidores públicos del país a presentar su declaración patrimonial, fiscal y de intereses, esta será forma discrecional.
Es decir, serán públicas, salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución.
En una votación en lo particular, de 50 votos en pro y 59 en contra, el bloque PAN-PRD fracasó en su intento de darle máxima publicidad a los formatos de estas declaraciones.
Así, ganó el adendum presentado por las bancadas del PRI-Partido Verde, para modificar el artículo 29 de esta ley que hace discrecional la obligación detransparentar o no estas declaraciones.
El objetivo de esta ley es establecer las obligaciones y sanciones por actos u omisiones a funcionarios y particulares que incurran en faltas administrativas graves.
Esta ley distribuirá competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que incurran y las que correspondan a particulares vinculados a faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación y los mecanismos de prevención.
Entre los propósitos de la ley están: establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de los servidores públicos; establecer las faltas administrativas graves y no graves de los servidores públicos, las sanciones aplicables a estas faltas, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto.
La Auditoría Superior de la Federación (ASF) y las entidades de fiscalización superior de las entidades federativas serán competentes para investigar y sustanciar el procedimiento por faltas administrativas graves que detecten en sus auditorías. En caso de faltas administrativas no graves darán cuenta a los órganos internos de control, para que continúen la investigación y promuevan las acciones que procedan y ante la presunta comisión de delitos, presentarán las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público.
Víctor Mayén