“Reina del Pacífico” pone en jaque a PGR y a la CNBV
Magistrados detectan violaciones en su contra durante el juicio de amparo que promovió para que le sean devueltas sus cuentas bancarias
Un tribunal colegiado revocó el amparo que había obtenido Sandra Ávila Beltrán para que se le devolvieran las cuentas bancarias aseguradas, luego que resultó absuelta, pues según la autoridad ministerial la “Reina del Pacífico” no acreditó la propiedad de dichos depósitos.
Sin embargo, los magistrados ordenaron que se le diera la oportunidad de ampliar su demanda por otras violaciones que se han dado en su contra durante el juicio de amparo, y que fueron detectadas a través de la revisión.
A pesar de que la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores fueron las promotoras del recurso de revisión contra la sentencia, la decisión del Tribunal Colegiado beneficia más a la “Reina del Pacífico”, quien ahora podrá reclamar nuevamente que se le devuelvan sus cuentas bancarias.
La primera sentencia del Juzgado Cuarto de Distrito a través del juicio 483/2015 otorgó la protección sólo para que fuera informada sobre los motivos por los que no habían sido liberados sus recursos, pero se lo negó para que la PGR desbloqueara las cuentas.
Ahora, con la nueva sentencia, el Primer Tribunal Colegiado revoca la sentencia pero también le notifica que puede ampliar los actos reclamados en primera instancia, pues el juez de amparo omitió informarle sobre este beneficio durante el juicio.
“En esas constancias, la responsable dejó insubsistente el acuerdo del veintisiete de abril de dos mil quince (en el que le dio respuesta a la petición que la quejosa le dirigió en esa misma fecha y en el que requirió que fuera ratificado el escrito respectivo), y emitió un nuevo acuerdo -de dieciséis de febrero del año en curso-, en el que determinó que no había lugar a acordar a favor de lo solicitado por la impetrante (que se levantara el aseguramiento ministerial respecto a las cuentas bancarias de mérito), puesto que no acreditó tener un legítimo derecho sobre los bienes afectos a la referida medida cautelar”, dice la sentencia.
Información de Israel Yáñez
dgp