La Corte admite a trámite controversia por Ley de Seguridad
Descarta sin embargo suspender su entrada en vigor. El recurso legal fue interpuesto por el municipio de San Pedro Cholula, Puebla
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la controversia constitucional numero 4/2018, que interpuso el municipio de San Pedro Cholula, Puebla, con fecha del 9 de enero, ante el máximo tribunal, mediante el cual impugna la Ley de Seguridad Interior.
El ayuntamiento de San Pedro Cholula combate principalmente los artículos 7, 11 y 16 de la nueva ley, ya que los considera violatorios de la autonomía municipal.
Los artículos en cuestión facultan al presidente de la República a desplegar a las Fuerzas Armadas dentro del territorio de cualquier municipio del país, sin tener que consultar al ayuntamiento y ni siquiera al gobierno estatal.
La Corte, informó que “Con la admisión a trámite de esta controversia, se abre la etapa de instrucción del juicio, en el que se analizará la Constitucionalidad de la Ley impugnada”, que entró en vigor mediante decreto publicado el pasado 21 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación y que, de acuerdo con el actor denunciante, que es el municipio de San Pedro Cholula, violenta de manera flagrante su autonomía.
En el acuerdo de admisión, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo resolvió notificar a las cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, así como al Poder Ejecutivo Federal, para que rindan los informes correspondientes y manifiesten lo que a su interés convenga al ser señaladas como autoridades responsables en la demanda.
El ministro Pardo Rebolledo también requirió al Congreso de la Unión, por conducto de sus cámaras de Diputados y Senadores, para que, al dar respuesta a la demanda, envíen a la Suprema Corte copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma general impugnada.
Y, por otra parte, el ministro instructor solicitó al Poder Ejecutivo Federal que, en el mismo plazo, exhiba un ejemplar del Periódico Oficial en donde conste su publicación, apercibidos que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa.
En el acuerdo en cuestión, se ordenó dar vista a la Procuraduría General de la República (PGR), con copia simple de la demanda y sus anexos, para que, hasta antes de la celebración de la audiencia de ley, manifieste lo que a su representación corresponda.
En cuanto a la solicitud de suspensión planteada por el municipio actor, San Pedro Cholula, el ministro instructor señaló que no ha lugar a concederla.
Desde la promulgación de la ley el pasado 21 de diciembre, a la fecha, tanto la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), como senadores de oposición, han anunciado su intención de combatir ante el máximo tribunal del país la nueva ley. El plazo para que promuevan sus recursos vence el próximo 20 de enero.
Información de Guillermo Espinosa
dgp