Entregan a Profepa pieles y taxidermias de jaguar, ocelote, tucán y cocodrilo
La Policía Federal detectó mediante binomios caninos, partes y derivados de fauna silvestre en cajas de cartón, así como objetos de concheros o danzantes prehispánicos, que tenían como destino la Ciudad de Tijuana
La Procuraduría Federal de Protección Ambiental (PROFEPA) recibió pieles y taxidermias de ejemplares de vida silvestre, en el Municipio de Tepotzotlán, Estado de México, las cuales fueron aseguradas por elementos de la Policía Federal en la empresa de mensajería llamada “Castores”.
Los uniformados federales entregaron a inspectores de la PROFEPA seis cajas de cartón, las cuales contenían en su interior varios objetos característicos de danzantes, como lo son: tambores, sonajas, maracas, ropa, collares, aretes, plumas, entre otros, así como en una caja donde se encontraron las siguientes partes y derivados de especímenes de fauna silvestre:
-1 piel completa con taxidermia en forma de casco de jaguar pinto (Panthera onca).
-1 piel completa con taxidermia de cabeza de jaguar pinto (Panthera onca).
-1 piel completa con piel de cabeza de jaguar pinto (Panthera onca).
-1 taxidermia en forma de casco de jaguar pinto (Panthera onca) con adornos de pluma de faisán y psitácido.
-1 piel completa con taxidermia de cabeza en forma de casco de ocelote (Leopardus pardalis) con incrustaciones de víbora de cascabel (Crotalus sp).
-1 taxidermia de cabeza de tucán real (Ramphastos sulfuratus).
-1 bolsa de mano de piel de vacuno con incrustación de piel de cocodrilo (Crocodylus sp).
Los objetos se encontraban en regular estado de conservación, sin sistema de marcaje que permitiera su identificación y sin acompañarse de algún documento que acreditara su legal procedencia. Los mismos provenían del Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, y tenían como destino la ciudad de Tijuana, Baja California.
Cabe destacar que las especies Panthera onca y Leopardus pardalis se encuentran listadas dentro de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, en la categoría de En Peligro de Extinción (P) y en Apéndice I de la CITES.
Mientras que la especie Ramphastos sulfuratus se encuentra listada dentro de la NOM-059-SEMARNAT-2010, en la categoría de Amenazada (A) y en el Apéndice II de la CITES. La especie Crocodylus sp se encuentra listada en el Apéndice II de la CITES.
De acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), aquella persona que realice este tipo de delitos podría recibir una sanción que va desde una amonestación, una multa equivalente de 50 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización, el decomiso de ejemplares y pago de gastos al depositario de ejemplares.
Por su parte, el Código Penal Federal establece que cualquier actividad con fines de tráfico, posesión y transporte de algún ejemplar de una especie de fauna silvestre, considerada en peligro de extinción o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte, puede ser sujeto a una pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa.
Además, a partir de abril del 2017, el tráfico de vida silvestre puede ser investigado por el ministerio público federal y sancionado como delito de delincuencia organizada, por lo cual la PROFEPA informó que interpondrá una denuncia penal a fin de abrir la investigación correspondiente.