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Jueves 21 de Noviembre 2024

Considera Inai inconstitucionales artículos de Ley de Seguridad; vulneran protección de datos personales

 

Se impugnarán artículos 9 y 31, por considerar que vulneran el ejercicio de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, previstos en la Constitución


Tras la sesión del pleno de este martes, la consejera del Instituto Nacional de Acceso a la Información (Inai), Ximena Puente, anunció a través de su cuenta de Twitter, que el órgano de Transparencia, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 9 y 31 de la Ley de Seguridad Interior (LSI), propuesta por el Ejecutivo federal, que encabeza el mandatario, Enrique Peña Nieto.

El Inai interpondrá acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de los mencionados artículos de dicha ley, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017.

Por unanimidad, el Pleno aprobó el acuerdo, mediante el cual determinó impugnar dichos artículos por considerar que vulneran el ejercicio de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, previstos en la Constitución.

Sobre el artículo 9 de la LSI, el Inai señala que el legislador ordinario se excede de sus facultades al establecer que toda la información generada en virtud de la seguridad interior se considerará como de seguridad nacional y genera con ello una excepción indebida al acceso de la información, así como también restringe y limita el ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información, sin criterio de razonabilidad alguno.

Por lo expuesto, se concluye que el artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior contraviene los principios constitucionales de máxima publicidad, de reserva temporal y de excepcionalidad respecto del principio de máxima publicidad.

El artículo 9 de esta discutida ley se refiere a Seguridad Nacional, lo que ya implica un candado al Acceso a la Información,

“La información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables”.

Sobre el artículo 31 de la LSI, que establece “en materia de Seguridad Interior, las autoridades federales y los órganos autónomos deberán proporcionar la información que les requieran las autoridades que intervengan en los términos de la presente Ley”, el Inai señala que se violan los datos personales de los ciudadanos.

“Prevé un régimen de excepción al consentimiento para la transferencia de los datos personales sin los debidos controles de legalidad y certeza jurídica para los titulares”, concluye el Inai.

Con información de Yuriria Rodríguez

smg