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Jueves 28 de Noviembre 2024

Geovanna Bañuelos propone garantizar reparación de daños a usuarios de líneas aéreas

 

La senadora propuso reformar el artículo 47 bis y el artículo 62 de la Ley de Aviación Civil.


Al comprender la situación por la que atraviesan actualmente las aerolíneas a causa del Covid-19, la senadora por el Partido del Trabajo, Geovanna Bañuelos de la Torre consideró la necesidad de defender los derechos de los usuarios y garantizar su pleno ejercicio una vez que todo regrese a la normalidad.

Por ello, con la finalidad de garantizar la efectiva reparación del daño e indemnización a los usuarios de líneas aéreas por concepto de cancelación, demora o pérdida de equipaje, la senadora propuso reformar el artículo 47 bis y el artículo 62 de la Ley de Aviación Civil.

Recordó que, mediante una iniciativa presentada a la Comisión Permanente, la coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo señaló que la reforma de junio de 2017 ha mejorado significativamente el servicio de las aerolíneas en México; sin embargo, ha quedado corta en mecanismos para garantizar la efectiva reparación del daño.

“Los retrasos y las cancelaciones de vuelos causan innumerables perjuicios a los viajeros; por ejemplo, pueden poner en riesgo el objetivo de un viaje de negocios, la perdida de alguna conexión con otro vuelo o que una familia no pueda disfrutar de sus vacaciones”, mencionó.

Geovanna Bañuelos explicó que su reforma plantea disminuir los tiempos que marca la Ley de Aviación Civil para acceder a la reparación del daño ya sea por retraso o por cancelación.

Se propone, dijo, que ante vuelos demorados se creen dos categorías de compensaciones: aquellas para los vuelos demorados entre 45 minutos y tres horas y aquellos para las demoras de los vuelos con un retraso mayor a tres horas.

“Los plazos establecidos actualmente en la Ley son suficientemente amplios y no compensan adecuadamente al consumidor”, apuntó.

Asimismo propone que (en todos los casos) el proveedor o concesionario esté obligado a proveer de acceso a internet inalámbrico de alta velocidad, ya que las transacciones y la comunicación se realiza a través de aplicaciones móviles que requieren de una conexión a internet.

En el caso de las cancelaciones, el documento presentado a la Comisión Permanente propone que la devolución del importe pagado se haga en un plazo no mayor a 24 horas.

“Actualmente, no se cuenta con un plazo determinado para que las aerolíneas devuelvan el dinero a sus pasajeros, por lo que frecuentemente se presentan quejas de los usuarios en este sentido”, resaltó.

En cuanto a la pérdida o demora de equipaje, que según información de la Procuraduría Federal del Consumidor es otra de las quejas más recurrentes en contra de las aerolíneas mexicanas, se propone la indemnización por parte del permisionario o concesionario, por la cantidad equivalente a cinco Unidades de Medida y Actualización por 15 cada día de demora, la cual deberá entregarse de manera inmediata.

Establece que las compensaciones derivadas de retraso o cancelación de vuelos, así como aquellas, producto de la demora o pérdida de equipaje se deban realizar en una sola exhibición, ya sea en efectivo o por transferencia bancaria. Esto con el objetivo de que las aerolíneas no encuentren espacios legales para no cumplir con su obligación de reparar el daño