¿Cómo solicito la entrega de recursos de mi Afore?
Con un trámite puedes solicitar la entrega de tus recursos en tu cuenta individual, según el régimen bajo el cual se te haya pensionado
Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) son instituciones o empresas encargadas de administrar las cuentas en el Sistema de Ahorro de los trabajadores, ya sean asalariados o independientes.
Con un trámite puedes solicitar la entrega de tus recursos en tu cuenta individual, según el régimen bajo el cual se te haya pensionado.
A continuación enlistamos los pasos y requisitos para que te entreguen el Afore:
1. El trabajador o el beneficiario deberá acudir a cualquier sucursal de la Afore que administra la cuenta individual y presentar:
- Solicitud de disposición de recursos, llenada y firmada que será proporcionada por la Afore.
- Resolución de Pensión o de Negativa de Pensión (original y copia)
- Identificación oficial (original y copia)
- Estado de cuenta de la Afore o algún comprobante que acredite el registro del trabajador en la Administradora como un Contrato de Administración de Fondos para el Retiro, Constancia de Registro o Traspaso, Carta de Bienvenida, consulta, resumen o certificación de saldos, detalle de movimientos o cualquier otro documento que contenga información de los saldos y movimientos de la cuenta individual.
- Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE), aunque es opcional
2. Una vez procesada la solicitud, la Afore pondrá a disposición del trabajador o su beneficiario, los recursos correspondientes de acuerdo al régimen pensionario elegido.
- Para trámites realizados por el otorgamiento de una pensión emitida por el IMSS, la Afore entregará los recursos en una sola exhibición.
En caso de las pensiones otorgadas al amparo de la Ley del Seguro Social de 1973, los recursos correspondientes a los rubros de Cesantía en edad avanzada y Vejez y Cuota Social serán transferidos por la Afore al Gobierno Federal, a fin de financiar las pensiones de todos los trabajadores que optaron por este régimen.
En caso de las pensiones otorgadas al amparo de la Ley del Seguro Social de 1997, los recursos de la cuenta individual que no se entregan al trabajador serán utilizados para el financiamiento de la pensión a través de una Renta Vitalicia contratada con una aseguradora o un Retiro Programado contratado con una Afore.
smg