FGR mantendrá postura luego de la reposición del procedimiento de Rosario Robles
La FGR informó mediante un comunicado, que el equipo de defensa de Rosario Robles, no ha sustentado evidencia verídica.
La Fiscalía General de la República (FGR), mantendrá su postura, sobre la reposición del procedimiento, del caso de la Ex Secretaria de Estado, Rosario Robles Berlanga, así lo informó el propio titular del organismo Alejandro Gertz Manero.
“Sobre esa reposición del Procedimiento, dentro de esas 48 horas nosotros vamos a insistir en nuestro punto de vista, que es claro y preciso, de porque se llevo a cabo esa petición concreta y creo que la ley nos favorece”.
Gertz Manero, destacó que la Fiscalía estudio el asunto a fondo y reitero que se tiene la razón, y aclaró que la resolución del Magistrado Ricardo Paredes Calderón, titular del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito es procedente o no.
“Y si se va esto a litigar esto como se ha litigado en los medios, ustedes lo saben mejor que yo, ahí también vamos a contestar también, porque si esa es la forma, ahí si no hay quien se queje, cuando la información es pareja, es pareja de los dos lados”.
Más tarde la FGR. Informó mediante un comunicado, que el equipo de defensa de Rosario Robles, no ha sustentado evidencia verídica.
“Los litigantes en el asunto han declarado falsamente y de manera constante ante los medios, descalificando dolosamente los documentos legales; ratificando también las declaraciones falsas del imputado; ante todo lo cual el silencio no debe mantenerse y, por ello, se informa sobre este particular”. Agrego la FGR.
Además la FGR, explica que el artículo 168 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), establece que la falsedad de un imputado, al señalar su domicilio, constituye una presunción de riesgo de fuga y, por lo tanto, “Procede la Prisión Preventiva Justificada”.
“Cuando ese imputado ha declarado falsamente ante un Juez Federal, que ha habitado los últimos veintidós años de su vida en un domicilio, y con pruebas públicas irrefutables se demuestra que esa afirmación es falsa, el peligro de sustracción y la necesidad de la prisión preventiva es justificada y obligatoria por ministerio de ley”.
Si, además en este caso, el máximo de la pena de los delitos patrimoniales que más han agraviado a la población más necesitada de esta nación es de veintiún años; todos estos elementos obligan a ratificar la decisión del Juez que determinó la prisión preventiva justificada, la cual está impidiendo el encubrimiento y la impunidad de quienes posiblemente se coludieron en esta maquinación.