Atribuciones para dar a Evo Morales condiciones de refugiado: SEGOB
La COMAR, emitiría una resolución a los 45 días posteriores a la petición, respecto del reconocimiento o no de la condición de refugiado.
La Secretaria de Gobernación (SEGOB), emitió una comunicación en la que señala que tiene atribuciones para dar a Evo Morales condición de asilado político y la condición de Refugiado.
La solicitud formal la podrá hacer Evo Morales una vez que esté en territorio nacional, ante la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).
“Recibida la solicitud se garantiza la no devolución del solicitante a su país de origen o al lugar en donde su vida, seguridad o libertad estén amenazadas”.
La COMAR, emitiría una resolución a los 45 días posteriores a la petición, respecto del reconocimiento o no de la condición de refugiado.
La SEGOB señala que en términos de la legislación vigente, emitió una opinión a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) para que ésta determinara conceder asilo político a Evo Morales.
“La Secretaría de Gobernación reafirma que la política de refugio del Gobierno de México es invariable y apegada a los principios constitucionales y por razones humanitarias”.